Mapa Inversiones - Preguntas Frecuentes

Definición de Datos

¿Qué es la minería?

La minería es una actividad económica primaria, que se realiza mediante la extracción y tratamiento de los minerales que se han acumulado en el suelo y subsuelo en forma de yacimientos.



En función al tipo de mineral, la minería se clasifica en:

Minería metálica.-

Es la actividad de extracción para obtener elementos metálicos que se clasifican en cuatro tipos:

-Básicos: Cobre, plomo, zinc, estaño.

-Ferrosos: Hierro, manganeso, molibdeno, cobalto, tungsteno, titanio, cromo.

-Preciosos: Oro, plata, platino.

-Radioactivosos: Plutonio, uranio, radio, torio.

Minería no metálica.-

Es la actividad de extracción de recursos minerales, que luego de un tratamiento especial, se transforman en productos que por sus propiedades físicas y/o químicas y pueden aplicarse a usos industriales y agrícolas. Por ejemplo, salitre, yodo, yeso, carbonato de litio, potasio, carbonato de calcio, cal, asbesto, arcillas comunes o sulfato de sodio.


En función al método de explotación, la minería se clasifica en:

Minería subterránea.-

Es aquel método que extrae el mineral realizando la actividad debajo de la superficie de la tierra (en túneles).

Minería a tajo (cielo) abierto.-

Es aquel método que extrae el mineral realizando la actividad en la superficie de la tierra.

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¿Cuáles son las actividades mineras?

Las actividades mineras son:

Exploración:

Es la actividad mineta tendente a demostrar las dimensiones, posición, características mineralógicas, reservas y valores de los yacimientos minerales.

Explotación:

Es la actividad de extracción de los minerales contenidos en un yacimiento.

Desarrollo:

Es la operación que se realiza para hacer posible la explotación del mineral contenido en un yacimiento.

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¿Qué tipo de concesiones otorga el Estado Peruano para realizar actividades mineras?

El estado peruano otorga:

• Concesiones mineras

• Concesiones de beneficio

• Concesiones de labor general

• Concesiones de transporte minero

Los derechos que otorga el Estado para poder realizar actividad minera se refieren a un tipo de actividad de la cadena de producción minera, todas relacionadas entre sí con el aprovechamiento de los recursos minerales.


Concesión minera

La concesión minera otorga a su titular el derecho a la exploración y explotación de los recursos minerales concedidos, que se encuentren dentro de un sólido de profundidad indefinido, limitado por planos verticales correspondientes a los lados de un cuadrado, rectángulo o poligonal cerrado, cuyos vértices están referidos a coordenadas Universal Transversal Mercator (UTM). (Artículo 9° Ley General de Minería).


Concesión de beneficio

La Concesión de Beneficio otorga a su titular el derecho a extraer o concentrar la parte valiosa de un agregado de minerales desarraigados y/o fundir, purificar o refinar metales, ya sea a través de un conjunto de procesos físicos, químicos y/o físico-químicos.

Beneficio es el conjunto de procesos físicos, químicos y/o físico-químico que se realizan para extraer o concentrar las partes valiosas de un agregado de minerales y/o para purificar, fundir o refinar metales y comprende las etapas:

1. Preparación Mecánica.- Proceso por el cual se reduce de tamaño, se clasifica y/o lava un mineral.

2. Metalurgia.- Conjunto de procesos físicos, químicos y/o físico-químico que se realizan para concentrar y/o extraer las sustancias valiosas de los minerales.

3. Refinación.- Proceso para purificar los metales de los productos obtenidos de los procedimientos metalúrgicos anteriores.


Concesiones de labor general

Labor general es toda actividad minera que presta servicios auxiliares, tales como ventilación, desagüe, izaje o extracción a dos o más concesiones de distintos concesionarios.


Concesiones de transporte minero

Transporte minero es todo sistema utilizado para el transporte masivo continuo de productos minerales, por métodos no convencionales.


Los sistemas a utilizarse podrán ser:

• Fajas transportadoras

• Tuberías

• Cable carriles

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¿Qué es el Canon Minero?

El Canon Minero, es la participación de la que gozan los Gobiernos Locales y Regionales sobre los ingresos y rentas obtenidos por el Estado por la explotación de recursos minerales, metálicos y no metálicos (Fuente MEF).

Ley Nº 27506 - Ley de Canon (10 de julio de 2001)


¿Cómo está constituido el Canon Minero?

El Canon Minero, está constituido por el 50% (cincuenta por ciento) del Impuesto a la Renta que obtiene el Estado y que pagan los titulares de la actividad minera por el aprovechamiento de los recursos minerales, metálicos y no metálicos.


¿Cómo se distribuye el Canon Minero?

Para distribuir el canon minero se consideran el área de influencia y los criterios de distribución:


Área de influencia:

• Para efecto de la distribución de los recursos del Canon se considera como área de influencia el área territorial de los Gobiernos Locales y Regionales en cuya circunscripción se explotan los recursos naturales.

• Cuando los lugares donde se explota el recurso natural se encuentran en circunscripciones distintas, la distribución se realiza en proporción a la producción de cada unidad productiva.

• En el caso que los lugares donde se explota el recurso natural se encuentren ubicadas en dos o más circunscripciones vecinas, la distribución se realiza en partes iguales.

Criterios de distribución:

El Canon será distribuido entre los gobiernos regionales y locales de acuerdo a los índices que fije el Ministerio de Economía y Finanzas en base a criterios de Población y Necesidades Básicas Insatisfechas. Su distribución es la siguiente:

• El 10% del total de canon para los gobiernos locales de la municipalidad o municipalidades distritales donde se explota el recurso natural.

• El 25% del total de canon para los gobiernos locales de las municipalidades distritales y provinciales donde se explota el recurso natural.

• El 40% del total de canon para los gobiernos locales del departamento o departamentos de las regiones donde se explote el recurso natural.

• El 25% del total de canon para los gobiernos regionales donde se explote el recurso natural. De este porcentaje los Gobiernos Regionales deben transferir el 20% a las Universidades Nacionales de su jurisdicción.


Transferencias por canon

Los recursos provenientes del Canon que se generan por recursos provenientes del Impuesto a la Renta, se transfieren a los Gobiernos Regionales y Locales hasta en doce (12) cuotas mensuales consecutivas durante el período comprendido entre junio y mayo del año siguiente.


Utilización del canon

De acuerdo a la cuarta disposición final de la Ley de Presupuesto del Ejercicio Fiscal 2006, los gobiernos regionales y locales utilizarán los recursos provenientes del Canon, así como los de Regalía Minera, en el financiamiento o cofinanciamiento de proyectos de inversión pública que comprendan intervenciones orientadas a brindar servicios públicos de acceso universal y que generen beneficios a la comunidad, que se enmarquen en las competencias de su nivel de gobierno y sean compatibles con los lineamientos de políticas sectoriales. Estos proyectos no podrán considerar, en ningún caso, intervenciones con fines empresariales o que puedan ser realizados por el sector privado.

Esta misma norma faculta a los gobiernos regionales y gobiernos locales a utilizar hasta un 20% de los recursos provenientes del Canon y la Regalía Minera a que se refiere la Ley N° 28258, para el mantenimiento de la infraestructura generada por los proyectos de impacto regional y local, para el financiamiento de los gastos generados por los procesos de selección para la ejecución de proyectos de inversión pública. Asimismo, de dicho porcentaje podrán destinar hasta un 5% para financiar la elaboración de perfiles correspondientes a los proyectos de inversión pública que se enmarquen en los planes de desarrollo concertados que correspondan. Lo establecido en la presente disposición no es de aplicación a los gobiernos locales o gobiernos regionales a los que la normatividad haya otorgado la facultad del uso de un porcentaje de los recursos provenientes del Canon en gasto corriente.

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¿Qué es un Proyecto de Inversión Pública (PIP)?

Un Proyecto de Inversión Pública (PIP) es una herramienta que utiliza el Estado para que sus inversiones produzcan cambios que mejoren la calidad de vida de la población a través de la generación, ampliación e incremento de la cantidad y/o calidad de los servicios públicos que brinda.

Su objetivo es dar solución a un problema identificado en un sector específico (desnutrición, bajo nivel educativo, escasa generación de energía, falta de mantenimiento de caminos u otros) y en una zona geográfica determinada.

Los Gobiernos Regionales, Locales, tienen que implementar sus inversiones aplicando los lineamientos para un PIP.

Los Proyectos de Inversión Pública no se limitan a solo “obras” de construcción física. Por ejemplo, proyectos de fortalecimiento institucional, asistencia técnica o capacitación son proyectos de inversión pública aunque no impliquen construcción de obras.

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¿Cómo solicito Proyectos de Inversión Pública en mí Región?

Los Gobiernos Regionales y Locales deben canalizar ante el MEF las necesidades que tienen en su territorio.

Con la finalidad de agilizar y administrar los recursos asignados a los Gobiernos Regionales y Locales, así como al Gobierno Central, se ha implementado el sistema llamado INVIERTE.PE.


¿Qué es el INVIERTE.PE?

Es un sistema para que el Estado Peruano pueda administrar de forma adecuada sus recursos. Su objetivo es que el presupuesto público se invierta en prestación de servicios e infraestructura para el desarrollo del país. Entró en vigencia en febrero del 2017 (D.L. N°1252) derogando la Ley del SNIP (N°27293), está dirigido por el MEF (Ministerio de Economía y Finanzas).

El sistema busca mecanismos agiles y fáciles para asignar recursos públicos a proyectos de inversión de Alto Impacto. El primer paso es la división del territorio peruano en “sectores” en los que se comprenden los Gobiernos Regionales y Locales.


Objetivos

• El cierre de Brechas sociales en Infraestructura para el Desarrollo y prestación de Servicios Públicos. Su objetivo es mejorar las condiciones de vida de la población en cada sector dotándolos de escuelas, hospitales, alcantarillados, etc.

• INVIERTE.PE une los planes nacionales con los planes regionales y locales. La nueva cartera de proyectos debe ser coherente con el Marco Macroeconómico Multianual. Ahora los Ministerios, los Gobiernos regionales y locales trabajaran en una sola dirección.

• La Programación Multianual de Inversiones (PMI) debe basarse en un diagnóstico de las brechas de infraestructura y acceso a servicios públicos. Sobre estas brechas se establecen los objetivos a alcanzarse. De la misma manera se establecen los indicadores que nos dirán si se alcanzó o no el objetivo.

• Los Proyectos financiados con los recursos públicos mediante este sistema deben tener el mayor impacto social.

• Para la inversión se debe prever los recursos para la ejecución, la operación y mantenimiento.


Fases de INVIERTE.PE:

Programación Multianual de Inversiones (PMI):

La Oficina de Programación Multianual de Inversiones (OPMI) de cada sector es la que está a cargo de realizar un diagnóstico sobre las necesidades territoriales. Esto lo hará en colaboración con la Unidad Formuladora (UF). Por ejemplo: la construcción de colegios o la instalación de sistemas de agua potable. Este diagnóstico se convierte en indicadores y objetivos que son comunicados a la OPMI de cada Gobierno Regional y Local. Estas elaboraran una PMI que cubre 03 años de proyectos.

La OPMI del sector, junto a la OPMI de cada Gobierno Regional y Local, en base a los objetivos concluidos, elabora la cartera de inversiones. Esta debe indicar la fuente de financiamiento, la modalidad de ejecución, el monto referencial y las fechas que abarcara el proyecto.

Los Órganos Resolutivos de cada sector y de cada Gobierno Regional y Local presentan su PMI a la Dirección General de Presupuesto Multianual de Inversiones (DGPMI). Esto deben hacerlo todos los años antes del 30 de marzo. La DGPMI consolida los PMI de cada sector en el Programa Multianual de Inversiones del Estado (PMIE). En base a esta lógica, proyectos que son aprobados en el PMI pueden ser reclamados por los Gobiernos Regionales y Locales para su ejecución y serán financiados por el Gobierno Nacional.


Formulación y Evaluación

No todos los proyectos considerados en el PMIE serán ejecutados. Esta etapa sirve de filtro para la ejecución del proyecto. Se formulan los proyectos y se evalúa su pertinencia en los niveles de financiamiento, operación y mantenimiento. Dependiendo del proyecto se elaborarán las fichas técnicas. En proyectos simples o recurrentes se utilizan fichas predefinidas. Para inversiones menores a 750 UIT existen fichas simplificadas. Las que superen los 15 mil UIT requieren estudios a nivel de perfil. Las que superan los 407 mil UIT exigen estudios de nivel de perfil reforzado.

La evaluación de las fichas técnicas o de los estudios de pre-inversión la realiza la Unidad Formuladora (UF). Esta, además, registra el proyecto en el Banco de Inversiones, así como el resultado de la evaluación.


Ejecución

La Unidad Ejecutora de Inversiones (UEI) elabora el Expediente Técnico en función a la concepción técnica y al estudio de pre-inversión (o de la ficha técnica). Para las inversiones que no son PIP (Proyectos de Inversión Pública), se elabora un informe técnico sobre la base de la información registrada en el Banco de Inversiones.

Cuando el proyecto ya se esté ejecutando se podrá realizar el seguimiento a través del Sistema de Seguimiento de Inversiones. Este instrumento asocia al Banco de Inversiones con el SIAF. De existir modificaciones al proyecto en ejecución, la UE o la UF, según el caso, las registra en el Banco de Inversiones antes de que se ejecuten.

Al culminar la ejecución, la UE realiza la liquidación física y financiera. Luego cierra el registro en el Banco de Inversiones.


Funcionamiento

Cada año, los titulares de los activos de los proyectos ejecutados deben reportar su estado a las OPMI del sector, de los Gobiernos Regionales o Locales, según corresponda. Además deben programar el gasto de los activos necesarios para la operación y mantenimiento.

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Crédito suplementario

Modificación presupuestaria que incrementa el crédito presupuestario autorizado a la entidad pública, proveniente de mayores recursos respecto a los montos aprobados en el Presupuesto Institucional.

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Ejecución presupuestaria

Etapa del proceso presupuestario en la que se perciben los ingresos y se atienden las obligaciones de gasto de conformidad con los créditos presupuestarios autorizados en los presupuestos.

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Empresa privada

Empresa cuya propiedad del capital, la gestión, la toma de decisiones y el control son ejercidos por agentes económicos privados; en estas empresas, el Estado no tiene ninguna injerencia.

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Empresa pública

Empresa cuya propiedad del capital, gestión y toma de decisiones están bajo el control gubernamental. De acuerdo con el giro de la actividad, las empresas públicas pueden ser financieras o no financieras.

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Entidad pública

Constituye entidad pública para efectos de la Administración Financiera del Sector Público, todo organismo con personería jurídica comprendido en los niveles de Gobierno Nacional, Gobierno Regional y Gobierno Local, incluidos sus respectivos Organismos Públicos Descentralizados y empresas, creados o por crearse; las Sociedades de Beneficencia Pública; los fondos, sean de derecho público o privado cuando este último reciba transferencias de fondos públicos; las empresas en las que el Estado ejerza el control accionario; y los Organismos Constitucionalmente Autónomos.

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Fondos públicos

Todos los recursos financieros de carácter tributario y no tributario que se generan, obtienen u originan en la producción o prestación de bienes y servicios que las unidades ejecutoras o entidades públicas realizan, con arreglo a Ley. Se orientan a la atención de los gastos del presupuesto público.

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Formulacion presupuestaria

Fase del proceso presupuestario en la cual las entidades públicas definen la Estructura Funcional Programática de su Presupuesto Institucional consistente con los Objetivos Institucionales; seleccionan las Metas Presupuestarias propuestas durante la fase de programación; y consignan las cadenas de gasto, los montos para comprometer gastos (créditos presupuestarios) y las respectivas fuentes de financiamiento.

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Fuentes de Financiamiento

Clasificación presupuestaria de los recursos públicos, orientada a agrupar los fondos de acuerdo con los elementos comunes a cada tipo de recurso. Su nomenclatura y definición están definidas en el clasificador de Fuentes de Financiamiento para cada año fiscal.

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Gasto corriente

Comprende las erogaciones destinadas a las operaciones de producción de bienes y prestación de servicios, tales como gastos de consumo y gestión operativa, servicios básicos, prestaciones de la seguridad social, gastos financieros y otros. Están destinados a la gestión operativa de la entidad pública durante la vigencia del año fiscal y se consumen en dicho período.

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Gasto de capital

Erogaciones destinadas a la adquisición o producción de activos tangibles e intangibles y a inversiones financieras en la entidad pública, que incrementan el activo del Sector Público y sirven como instrumentos para la producción de bienes y servicios.

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Gasto devengado

Reconocimiento de una obligación de pago derivado del gasto comprometido previamente registrado. Se formaliza a través de la conformidad del área correspondiente en la entidad pública o Unidad Ejecutora que corresponda respecto de la recepción satisfactoria de los bienes y la prestación de los servicios solicitados y se registra sobre la base de la respectiva documentación sustentatoria.

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Gasto público

Conjunto de erogaciones que se realizan en el ámbito del sector público.

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Gasto social

Parte del gasto público destinado a financiar servicios sociales básicos para los individuos. Según la clasificación propuesta por las Naciones Unidas, son los gastos de educación, sanidad, seguridad social, vivienda y otros de similares características.

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Ingresos corrientes

Ingresos que se obtienen de modo regular o periódico y que no alteran de manera inmediata la situación patrimonial del Estado. Agrupan los recursos provenientes de tributos, venta de bienes, prestación de servicios, rentas de la propiedad, multas, sanciones y otros ingresos corrientes.

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Ingresos de capital

Recursos financieros que se obtienen de modo eventual y que alteran la situación patrimonial del Estado. Agrupan los recursos provenientes de la venta de activos (inmuebles, terrenos, maquinarias, entre otros), las amortizaciones por los préstamos concedidos (reembolsos), la venta de acciones del Estado en empresas, y otros ingresos de capital.

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Ingresos públicos

Expresión monetaria de los valores recibidos, causados o producidos por concepto de ingresos corrientes, venta de bienes y servicios, transferencias y otros, en el desarrollo de la actividad financiera, económica y social de la entidad pública.

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Inversión pública

Toda erogación de recursos de origen público destinada a crear, incrementar, mejorar o reponer las existencias de capital físico de dominio público, con el objeto de ampliar la capacidad del país para la prestación de servicios y producción de bienes.

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Meta Presupuestaria o Meta

Expresión concreta y cuantificable que caracteriza el producto o productos finales de las Actividades y Proyectos establecidos para el año fiscal. Se compone de cuatro elementos: (i) Finalidad (objeto preciso de la Meta). (ii) Unidad de medida (magnitud que se utiliza para su medición). (iii) Cantidad (número de unidades de medida que se espera alcanzar). (iv) Ubicación geográfica (ámbito distrital donde se ha previsto la Meta). La Meta Presupuestaria -dependiendo del objeto de análisis- puede mostrar las siguientes variantes: a) Meta Presupuestaria de Apertura: Meta Presupuestaria considerada en el Presupuesto Institucional de Apertura. b) Meta Presupuestaria Modificada: Meta Presupuestaria cuya determinación es considerada durante un año fiscal. Se incluye en este concepto a las Metas Presupuestarias de Apertura y las nuevas Metas que se agreguen durante el año fiscal. c) Meta Presupuestaria Obtenida: Estado situacional de la Meta Presupuestaria en un momento dado.

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Oficina de programación e inversiones

Órgano del Sector, Gobierno Regional o Gobierno Local al que se le asigna la responsabilidad de elaborar el Programa Multianual de Inversión Pública y velar por el cumplimiento de las normas del SNIP.

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Pago anual por mantenimiento y operación (PAMO)

Pago anual por concepto de mantenimiento y operación de un bien público que el Estado efectuará al concesionario durante todo el período de la concesión, de acuerdo con los términos indicados en el respectivo contrato de concesión.

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Pago anual por obras (PAO)

Pago anual por obras de construcción que el Estado pagará al concesionario una vez que haya recibido la obra concluida en los términos indicados en el respectivo contrato de concesión.

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Pliego presupuestario

Toda entidad pública que recibe un crédito presupuestario en la Ley Anual de Presupuesto del Sector Público.

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Presupuesto institucional de apertura (PIA)

Presupuesto inicial de la entidad pública aprobado por su respectivo Titular con cargo a los créditos presupuestarios establecidos en la Ley Anual de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal respectivo. En el caso de las Empresas y Organismos Públicos Descentralizados de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, los créditos presupuestarios son establecidos mediante Decreto Supremo.

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Presupuesto Institucional Modificado (PIM)

Presupuesto actualizado de la entidad pública a consecuencia de las modificaciones presupuestarias, tanto a nivel institucional como a nivel funcional programático, efectuadas durante el año fiscal, a partir del PIA.

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Presupuesto Multianual de la Inversión Pública

Constituye un marco referencial, Instrumento del proceso presupuestario, que contiene la distribución de los recursos del Estado por un periodo más allá del año fiscal, enmarcado en el plan estratégico del gobierno y el Marco Macroeconómico Multianual.

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Presupuesto participativo

Instrumento de política y de gestión, a través del cual las autoridades regionales y locales, así como las organizaciones de la población debidamente representadas, definen en conjunto, cómo y a qué se van a orientar los recursos, los cuales están directamente vinculados a la visión y objetivos del Plan de Desarrollo Concertado.

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Presupuesto por Resultados

El Presupuesto por Resultados (PpR) es una metodología que se aplica progresivamente al proceso presupuestario y que integra la programación, formulación, aprobación, ejecución y evaluación del presupuesto, en una visión de logro de productos, resultados y uso eficaz y eficiente de los recursos del Estado a favor de la población, retroalimentando los procesos anuales de asignación del presupuesto público y mejorando los sistemas de gestión administrativa del Estado.

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Presupuestos del sector público

Constituidos por la Ley Anual de Presupuesto del Sector Público aprobada por el Congreso de la República; los presupuestos de los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales aprobados en el marco de su autonomía constitucional; el presupuesto consolidado de las empresas sujetas al Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (FONAFE); y el presupuesto de la seguridad social de salud (ESSALUD). Asimismo, comprende el presupuesto consolidado de las empresas municipales y los organismos públicos descentralizados de los Gobiernos Regionales y Locales.

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Proyecto de Inversión Pública (PIP)

Toda intervención limitada en el tiempo que utiliza total o parcialmente recursos públicos, con el fin de crear, ampliar, mejorar, modernizar o recuperar la capacidad productora de bienes o servicios; cuyos beneficios se generen durante la vida útil del proyecto y éstos sean independientes de los de otros proyectos.

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Programa multianual de inversión pública

Conjunto de PIP a ser ejecutados en un período no menor de tres años y ordenados de acuerdo a las políticas y prioridades del sector.

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Proyecto

Conjunto de intervenciones limitadas en el tiempo, de las cuales resulta un producto final (Metas Presupuestarias), que concurre a la expansión de la acción del Gobierno. Representa la creación, ampliación, mejora, modernización y/o recuperación de la capacidad de producción de bienes y servicios, implicando la variación sustancial o el cambio de procesos y/o tecnología utilizada por la entidad pública. Luego de su culminación, generalmente se integra o da origen a una Actividad.

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Recursos Públicos

Recursos del Estado inherentes a su acción y atributos que sirven para financiar los gastos de los presupuestos anuales y se clasifican a nivel de fuentes de financiamiento.

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Transferencias financieras entre pliegos presupuestarios

Traspasos de fondos públicos sin contraprestación, para la ejecución de Actividades y Proyectos de los Presupuestos Institucionales respectivos de los Pliegos de destino.

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Unidad Ejecutora (UE)

Las denominadas como tales en la normatividad presupuestal y que tienen a su cargo la ejecución del PIP, así como a las Empresas del Sector Público No Financiero que ejecutan PIP. Constituye el nivel descentralizado u operativo en las entidades públicas. Una Unidad Ejecutora cuenta con un nivel de desconcentración administrativa que: Determina y recauda ingresos; contrae compromisos, devenga gastos y ordena pagos con arreglo a la legislación aplicable; registra la información generada por las acciones y operaciones realizadas; informa sobre el avance y/o cumplimiento de metas; recibe y ejecuta desembolsos de operaciones de endeudamiento; y/o se encarga de emitir y/o colocar obligaciones de deuda.

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Viabilidad

Condición atribuida expresamente, por quien posee tal facultad, a un PIP que demuestra ser rentable, sostenible y compatible con las políticas sectoriales.

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ANA

Autoridad Nacional del Agua. Es un organismo especializado, que pertenece al Ministerio de Agricultura y Riego (MINAGRI).

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ANAP

Áreas de No Admisión de Petitorios.

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Concesión minera

Es el derecho que el estado reconoce al concesionario mediante el título de concesión, para ejercer exclusivamente dentro de una superficie debidamente delimitada, las actividades inherentes a la explotación y exploración de los yacimientos mineros. El título de concesión minera crea un derecho real.

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DGM

Dirección General de Minería.

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EFA

Entidades de Fiscalización Ambiental, son aquellas entidades públicas de ámbito nacional, regional o local que tienen atribuidas alguna o todas las acciones de fiscalización ambiental, en sentido amplio.Las EFAs pueden ser EFA Nacional, EFA Regional o EFA Local.

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FAS

Fondo de Adelanto Social.

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INGEMMET

Instituto Geológico Minero y Metalúrgico, es un Organismo Público Técnico Especializado del Sector Energía y Minas del Perú, con personería jurídica de derecho público interno, autonomía, técnica administrativa y económica, que tiene como misión proveer información geológica y administrar los derechos mineros, para la ciudadanía en general, entidades públicas y privadas.

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MEF

Ministerio de Economía y Finanzas.

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MINAGRI

Ministerio de Agricultura.

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MINAM

Ministerio del Ambiente.

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MINEM

Ministerio de Energía y Minas.

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Mineral

Es un material de la corteza terrestre caracterizado por ser una sustancia sólida, natural, inorgánica, con una composición química fija y estructura cristalina. Una sustancia para ser un mineral debe cumplir las siguientes condiciones: sólido (ningún líquido puede ser mineral); natural (los diamantes y gemas artificiales obtenidos en laboratorio no son minerales); inorgánico (no debe formar parte de un ser vivo); composición química fija (si varía a lo largo de la sustancia no es un mineral); estructura cristalina (debe tener sus átomos ordenados). Clasificación de los minerales: Los minerales se clasifican por su composición química, recibiendo las clases en las que se ordenan el nombre del tipo de compuesto químico. Elementos nativos: formados por un solo elemento químico. Ejemplos son el oro, la plata, el platino, el azufre, el diamante y el grafito. Halogenuros: son sales como la halita, que es la sal que utilizamos en los alimentos. Otras sales son la silvina y la fluorita. Óxidos: se combinan metales con oxígeno. Ejemplos son la magnetita y hematites (óxidos de hierro), y corindón (de aluminio). Sulfuros: combinaciones de azufre y un metal. De este grupo son la pirita (de hierro), la galena (de plomo) o el cinabrio (de mercurio). Carbonatos: minerales como calcita y dolomita forman las rocas carbonatadas. Otro de interés es la siderita (mena de hierro). Sulfatos: el más abundante es el yeso. Otros sulfatos son la anhidrita y la baritina. Silicatos: son los minerales más abundantes. Destacan el cuarzo, los feldespatos, las micas (moscovita y biotita), el olivino y los granates.

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OEFA

Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental, es una entidad adscrita al Ministerio del Ambiente (MINAM). Es el ente rector del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental (SINEFA) y cumple una función normativa y supervisora con las Entidades de Fiscalización Ambiental (EFA) de ámbito nacional, regional o local.

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OSINERGMIN

Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería, es una institución pública encargada de regular y supervisar que las empresas del sector eléctrico, hidrocarburos y minero cumplan las disposiciones legales de las actividades que desarrollan.

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Petitorio Minero

Es la solicitud de una determinada área dentro del territorio nacional a fin de obtener el título de una concesión minera. El petitorio minero crea un derecho expectantico.

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Roca

Es el material formado como consecuencia de un proceso geológico como volcanes, sedimentación, transformaciones de otras rocas, etc. y puede estar formada por uno o varios minerales. Ejemplo: los minerales cuarzo, feldespato y biotita forman una roca denominada granito.

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SENACE

Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles. Es un organismo público técnico especializado, adscrito al Ministerio del Ambiente (MINAM). Su tarea consiste en revisar y aprobar los Estudios de Impacto Ambiental detallados (EIA-d) de mayor envergadura de los proyectos de inversión pública, privada o de capital mixto.

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SINEFA

Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental, tiene la finalidad de articular las funciones de fiscalización ambiental de escala nacional, regional y local. Tiene como ente rector a OEFA.

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TLF

Toneladas Largas Finas.

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TM

Toneladas métricas.

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TMD

Toneladas Métricas Diarias.

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TMF

Tonelada Métrica Fina.

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TMS

Tonelada Métrica Seca.

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Vena

Una fisura, falla o rajadura en una roca llena de minerales que han viajado hacia arriba desde una fuente profunda.

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Voladura

Técnica para romper mineral en una mina subterránea o de tajo abierto.

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Zinc

Un metal duro, blanco azulado que se presenta en varios minerales, como la esfalerita.

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